NO SIN EVIDENCIA


A principios de diciembre de 2013 se publicó en la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad el Proyecto de Orden Ministerial para determinar los requisitos mínimos y el procedimiento para realizar la comunicación de solicitud de autorización y registro de los productos homeopáticos de uso humano de fabricación industrial, productos que actualmente se comercializan al amparo de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 2208/1994 (productos que no han sido hasta la fecha objeto de evaluación ni autorización por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios) por el que se regula el procedimiento de autorización , registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
En una entrevista posterior la directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) aseguraba que “no todos los medicamentos homeopáticos tienen que demostrar su eficacia” y que “la seguridad no se tiene que demostrar con ensayos clínicos específicos”, lo que motivó la elaboración de un manifiesto y la puesta en marcha de una campaña en internet y en las redes sociales reivindicando que no se apruebe ningún medicamento que no haya demostrado antes su calidad, seguridad y eficacia.

A continuación se pretende recoger las reflexiones que sobre este asunto han expresado distintas personas en sus blogs.
La ética del placebo [Curar a veces] 15-dic-2013